Cuantas veces no ha escuchado la frase te voy a demandar?”, o cuantas veces no te han hecho creer tus acreedores mediante cartas o llamadas incesantes y amenazadoras que estas a punto ser no solo demandado, sino embargado y hasta lanzado de tu propiedad?!!!, estos casos son más comunes de lo que crees y desafortunadamente la gente se deja llevar por estos ataques dado a al desconocimiento que tienen de la ley y de cómo debe llevarse a cabo una procedimiento de demanda; bueno, pues eso está por terminar!!
Lo primero que debes saber es que ningún acreedor o despacho jurídico de cobranza tiene derecho a hacerte amenazas, usar lenguaje ofensivo e incluso no pueden llamarte o molestarte después de determinado horario, dado que al hacerlo se encuentran infringiendo una ley, deben realizar toda llamada dentro del horario de las 6 am a las 11 de las noche, deben abstenerse de tener comunicación con tus familiares y amigos, tampoco pueden poner anuncios o señalamientos en tu casa u oficina en que se señale que tienes una deuda no pagada, ya que esto se considera como desprestigio público, pero sobre todo no pueden amenazarte con una demanda, si esto llega a pasar de manera educada hazle saber que se encuentra infringiendo el Código de Ética emanado por la Condusef y que de continuar con ese tipo de prácticas te veras obligado a presentar una queja ante dicho organismo, diles eso y te aseguro que te dejan de molestar.
Los comunicados que te envían por correo, aunque parezcan documentos oficiales no lo son, para que sepas distinguir la diferencia te comento que, un documentos oficial que provenga de un juzgado, debe ser entregado mediante una persona que se denomina “Actuario”, esta persona es la facultada por ley para dar avisos judiciales a las personas, debe presentarse como tal y tienes derecho a exigir que se identifique contigo, es decir que te enseñe su credencial, así mismo el documento debe tener el sello del escudo nacional, debe contener tus datos completos, nombre completo, domicilio, el numero de juzgado que lo envía, número de expediente y las partes que en el intervienen, además de tener el sello oficial del juzgado, solo así sabrás que es un documento oficial.
Aquellos documentos que envían los despachos de cobranza sirven para intimidar, lo que puedes hacer es acudir con un abogado a efecto de que negocie tu deuda, dado que aun te encuentras en lo que se conoce como cobranza extrajudicial, es decir previo a un juicio, en la mayoría de los casos estas negociaciones tienen como fin que se te condonen los intereses moratorios de tu deuda y en ocasiones que se te condone de igual forma una parte de la deuda original y puedas realizar tus pagos en mensualidades que no afecten tanto tu economía. Estas negociaciones siempre son aconsejables, ya que puedes finiquitar el adeudo en menos de lo que originalmente debías y no pones en peligro tu patrimonio con una futura demanda, recuerda, las deudas de cualquier índole pueden convertirse en futuras demandas, no creas lo que falsamente hacen creer muchos de que el banco nunca demanda, ya que eso no es cierto; ayúdate a ti mismo buscando una solución a tu medida, recuerda que el acudir al despacho de cobranza y escuchar lo que te proponen no te obliga pagar ni a hacer nada que tu no desees.
Ten en cuenta que el mejor momento para negociar es este, mientras aun esta en despachos de cobranza, que no te intimiden con amenazas!
Ahora, también debes de saber qué hacer si se llega a presentar contigo un actuario y pretende notificarte, esto es signo inequívoco de que ya tiene la demanda en trámite, lo que debes hacer es en primer lugar pedirle que se identifique, NUNCA le des entrada a tu casa siempre atiende desde la puerta, ellos NO TIENEN DERECHO A PASAR!, pregúntale de que se trata, si es una notificación o emplazamiento ](emplazamiento quiere decir ser llamado a juicio), recíbela, checa que en la notificación ponga la fecha y hora exacta en la que estas recibiendo los documentos, ya que es a partir de esa fecha en que corre tu tiempo para dar contestación, pídele leer lo que asiente en el acta y si ves algo que no sea correcto indícaselo, lee con cuidado el documento e identifícate. Si llegase a dar el caso de que te comenta el actuario que lo que procede es un embargo y te pide que señales bienes para dicho acto, no lo hagas, deja que lo haga la contraparte, pero manifiesta que es tu derecho quedar como depositario de tus bienes, y reiterando que nunca los dejes entrar a tu domicilio u oficina.
En caso de que cuando el actuario llegue a tu domicilio y no te encontrase deja indicaciones en tu casa de que no abran la puerta o digan desde la ventana que no estás, en la mayoría de los casos el actuario te dejara citatorio para que lo esperes en día y hora ciertos y así lo debes de hacer, en caso de que sea necesario que reciban los documentos tus familiares explícales que deben de poner atención a los datos que se asientan en el acta de notificación y que te avisen de inmediato este hecho.
Una vez que tengas en tu poder los documentos que te dejo el “Actuario” sin dilación alguna debes de ponerte en contacto con un abogado de tu confianza para que evalué tu situación, aquí es aconsejable que lo hagas lo mas pronto posible, ya que solo cuentas con un periodo corto de tiempo para dar contestación a la demanda, y si no lo haces pierdes tu derecho a hacerlo y tu posibilidades de sacara salvo el asunto decrecen, toma siempre con seriedad estos asuntos ya que ponen en peligro tu patrimonio.
Lic. Patricia Bedoya
pbedoya@accionlegalempresarial.com
www.accionlegalempresarial.com
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